Excedencia por cuidado de hijos y paro: el SEPE aclara qué pasa con tu prestación

Excedencia por cuidado de hijos y paro: el SEPE aclara qué pasa con tu prestación

Excedencia por cuidado de hijos y paro: el SEPE aclara qué pasa con tu prestación

Tomarse un respiro en el trabajo para cuidar de los más pequeños de la casa es una decisión muy común, pero siempre surgen dudas sobre el futuro laboral. ¿Qué pasa con todo lo que he cotizado si decido pedir una excedencia? ¿Tengo derecho a cobrar el paro si al terminar el permiso me quedo sin empleo? El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) lo tiene muy claro y la respuesta te va a tranquilizar.

¿Se cotiza para el paro durante la excedencia por cuidado de hijos?

Esta es la primera duda que debemos resolver. La excedencia por cuidado de un hijo se puede solicitar hasta que el menor cumpla tres años. Durante este tiempo, tu contrato de trabajo se queda en pausa o suspendido. Esto significa que no trabajas y la empresa no te paga el sueldo, pero tampoco cotiza por ti para la prestación por desempleo.

Eso sí, la ley protege este periodo para otras cosas: ese tiempo sí se considera como cotizado de cara a la jubilación, la incapacidad permanente o las prestaciones por maternidad y paternidad. Pero para la hucha del paro, durante esos meses o años, no se suma nada nuevo.

¿Qué pasa si me quedo sin trabajo al terminar la excedencia?

Imagina que se acaba tu excedencia, pides reincorporarte a tu puesto de trabajo y la empresa te dice que en ese momento no tiene una vacante disponible para ti. O, en el peor de los casos, que deciden despedirte. En ese instante, pasas a estar en lo que se conoce como ‘situación legal de desempleo’.

Es aquí donde entra el SEPE para ayudarte. Para poder cobrar el paro, la norma general dice que debes tener cubiertos al menos 360 días de cotización dentro de los seis años anteriores a la fecha en que te quedas sin trabajo. Si has estado uno o dos años de excedencia, podrías pensar que esas cotizaciones antiguas se han esfumado o que ya no entran en el plazo. Pero no es así.

La regla del ‘paréntesis’ del SEPE

El SEPE aplica una norma muy beneficiosa para estos casos: el principio de retroacción. Esto significa que el tiempo que has pasado disfrutando de la excedencia por cuidado de hijos no se cuenta dentro de esos seis años hacia atrás. Es como si ese tiempo se metiera en un paréntesis invisible.

De esta forma, el SEPE busca tus cotizaciones saltándose el periodo de excedencia. Si antes de cuidar a tu hijo tenías los días suficientes acumulados, podrás solicitar y cobrar tu prestación por desempleo sin ningún problema. Tu esfuerzo previo no se pierde.

¿Puedo pedir el paro mientras estoy de excedencia?

La respuesta corta es no. Mientras estés disfrutando de la excedencia, no puedes solicitar el paro. Esto se debe a que tu relación con la empresa sigue vigente (aunque suspendida) y tienes garantizado el derecho de reserva de tu puesto de trabajo. Por lo tanto, no estás en situación legal de desempleo, que es el requisito indispensable para acceder a cualquier ayuda del SEPE.

En resumen, la legislación actual busca que conciliar la vida familiar y laboral no se convierta en un castigo en el futuro. Si quieres ampliar los detalles sobre cómo se gestiona este trámite, puedes consultar la información completa en la fuente original de ABC, donde se analiza al detalle cada supuesto.

Información del autor

Laura Benavides

Soy una apasionada del mundo laboral y de los trámites públicos en España. A través de este espacio comparto guías sencillas y consejos prácticos para ayudarte a entender cómo funciona el SEPE y cómo puedes gestionar tus citas y prestaciones sin complicaciones. Mi objetivo es que cada usuario encuentre aquí la información que necesita para ahorrar tiempo y evitar errores al usar los servicios del SEPE.